Las coberturas del seguro obligatorio se extienden a los daños materiales y personales derivados del hecho de la conducción, en un principio, salvo los del propio vehículo y su conductor. Por eso se habla habitualmente del seguro obligatorio como seguro a terceros. Es un seguro de responsabilidad civil que indemniza a otras personas o entidades (los terceros), por la pérdida económica que les cause un accidente causado por el vehículo asegurado. Incluyendo las indemnizaciones por lesiones, días de baja o secuelas físicas producidas por el accidente, conforme a un baremo establecido. Eso es lo que cubre el seguro si tengo un accidente bebido y hablamos del seguro obligatorio.
En el caso de Ana, su seguro a terceros respondió muy rápidamente. Después de una salida de la vía en una carretera secundaria, empotró su coche contra el muro exterior del patio de una casa. Afortunadamente no hubo daños personales. Pero el propietario de la casa reclamó el importe de los desperfectos. Como Ana había dado parte a su seguro, y además hubo un atestado que reflejaba los hechos, la compañía aseguradora pagó esos daños, después del correspondiente peritaje.
El problema es que Ana venía del cumpleaños de una amiga y había bebido un poco. Al presentarse la Guardia Civil de Tráfico le realizaron la prueba de alcoholemia y dio positivo. Y así quedó reflejado en el correspondiente atestado.
¿qué pasa cuando das positivo tras un accidente?
Dependiendo de los niveles de alcohol detectados, podemos estar ante un delito o una simple infracción administrativa, como en el caso de Ana. Esto ocurre cuando la tasa de alcohol en aire expirado se halla entre 0,25 y 0,60 mg/l. En caso de superar esta tasa, el delito puede llevar aparejada incluso penas de prisión. Afortunadamente para Ana este no era el caso.
Si un conductor da positivo tras un accidente, el seguro se hace cargo de los daños a terceros, al menos en principio. Esto quiere decir que la compañía aseguradora pagará las indemnizaciones reclamadas por los terceros. O sea, por otra personas, distintas al conductor. Esto incluye indemnizar a los demás ocupantes del vehículo asegurado, aunque en este caso no los había.
También se hará cargo de los daños materiales, excluyendo los del propio vehículo. Es decir, el seguro pagará los daños ocasionados a otros vehículos, al mobiliario urbano o a propiedades particulares. En el caso de Ana, su seguro atendió inicialmente a la reclamación de indemnización por el destrozo del muro dañado. ¿Qué pasó después?
¿puede reclamarme mi seguro después de pagar los daños a terceros?
Pues sí, puede. Y así se lo autoriza la ley cuando el conductor da positivo y tiene un accidente con daños a terceros. En ese supuesto la compañía aseguradora puede ejercer el derecho de repetición. Este derecho, al que nos venimos refiriendo habitualmente en otras entradas, es algo a lo no suelen renunciar los seguros. Y es que es lo que les permite resarcirse del importe de las indemnizaciones satisfechas a terceros en virtud del seguro obligatorio del automóvil siniestrado.
¿qué es el derecho de repetición de las aseguradoras? ¿cuándo tiene lugar?
El derecho de repetición se llama así por eso. Porque consiste en el derecho a reclamar nuevamente la indemnización, por parte de quien la ha pagado, a quien se considera realmente responsable del daño. Y el conductor bebido que da positivo debe responder, conforme establece la ley, pero antes lo hará su seguro. Es una cuestión de procedimientos.
En primer lugar, el perjudicado pide una indemnización al seguro del vehículo causante del daño. La compañía paga entonces al perjudicado. E inmediatamante después el seguro repite, es decir, pide a su vez, el importe de la indemnización, en este caso al propio tomador del seguro. Este es el que acaba pagando – habitualmente, pero no siempre – los daños causados cuando el conductor de un coche da positivo en alcohol.
¿debo pagar si mi seguro me reclama dinero por haber dado positivo en un accidente?
No siempre. Existen ciertos requisitos que se deben cumplir para que pueda ejercerse este derecho, según han venido exigiendo los jueces y tribunales. Se trata de criterios de operatividad del derecho de repetición que, si no se cumplen, pueden eximir al conductor que da positivo después de un accidente de reembolsar a su propio seguro el importe de las indemnizaciones a terceros.
Y aquí es donde, como hizo Ana, contactar con un abogado especializado en enervar el derecho de repetición de las aseguradoras puede marcar la diferencia. Porque hay bufetes como Pydman con amplia experiencia en defender a los consumidores contra reclamaciones de las aseguradoras que no se ajustan plenamente a Derecho. Contacta con Bufete Pydman, cuéntanos tu caso, y te daremos una opinión profesional acreditada.