accidente de tráfico con positivo del conductor

accidente de tráfico con positivo del conductor en alcohol o drogas ¿tu seguro te abandona?

accidente de tráfico con positivo del conductor en alcohol o drogas ¿tu seguro te abandona? 1920 1280 admin

La responsabilidad civil por los daños causados a terceros en cualquier siniestro de circulación está cubierta por la póliza del seguro obligatorio del automóvil. Como hemos repetido en anteriores ocasiones, es la compañía de seguros quien debe pagar las indemnizaciones a terceros tanto por daños en los bienes como en las personas. Incluso en aquellos casos, como en el que nos planteaba Alberto C. G. Tuve un accidente bebido y di positivo, pero nadie resultó herido, nos decía ¿Por qué el seguro me pide ahora que pague? ¿Tengo que hacerlo? La respuesta es: no necesariamente. Un accidente de tráfico con positivo del conductor no implica pagar siempre.

¿cuándo actúa el seguro contra terceros?

El seguro de responsabilidad civil a terceros es un seguro obligatorio. Es decir, se trata de una cobertura que tienen que tener incoporada como mínimo todos los seguros de automóvil y es preceptivo tener una póliza para cubrir este tipo de riesgos para conducir cualquier vehículo. Cuestión distinta es quién sea el titular o dueño del vehículo, el tomador del seguro – que puede ser otro, o la persona que conduce. En cualquier caso, el seguro debe responder de los daños causados a los terceros perjudicados por el accidente y así lo hace en todos los casos. 

EL DERECHO DE REPETICIÓN DE LOS SEGUROS

Sin embargo, aunque la aseguradora pague las indemnizaciones a terceros, la ley le reconoce una posibilidad de resarcirse de esos pagos una vez realizados. Es el llamado derecho de repetición, pero hay que tener en cuenta que el derecho derecho de repetición es limitado. Así como la obligación de pagar las indemnizaciones a terceros por parte del seguro opera automáticamente en la práctica, no ocurre lo mismo con la repetición. Esa posiblidad de volver a pedir o repetir en la terminología jurídica está sujeta a unos requisitos. Si estos no se cumplen, la persona a la que el seguro le reclama el importe de las indemizaciones satisfechas no tiene obligación de pagar.

UNA PRÁCTICA HABITUAL DE LAS ASEGURADORAS

Es decir, aunque la ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor establece que el seguro puede reclamar al tomador, al titular del vehículo o al conductor, lo que ha pagado a terceros cuando hay un positivo por alcoholemia, sólo tiene derecho a hacerlo cuando se dan las circunstancias que la jurisprudencia ha establecido. 

Por eso es muy conveniente recurrir a un abogado contra reclamaciones de los seguros infundadas o que no cuentan con el respaldo jurídico suficiente. ¿Cuándo sucede esto? Pues más veces de las que deberían. Y esto es debido a que las aseguradoras no se dedican a hilar muy fino cuando algo puede perjudicar sus intereses. O sea, que siempre que hay un positivo por alcohol o drogas en un accidente de tráfico van a pedir que se les resarza de lo que han tenido que pagar como indemnizaciones a terceros. Así, por sistema; independientemente de la doctrina ya consolidada que aplican los Jueces y Tribunales y que exime de la obligación de aceptar el derecho de repetición cuando este no es exigible.

Esto obliga necesariamente a la persona contra la que se dirige la reclamación del seguro a recurrir a un letrado especializado en reclamaciones de aseguradoras. Es pues, un abogado quien mejor nos puede informar de si estamos obligados a pagar al seguro tras tener un accidente bebido o no. Y muchas veces resulta que no. 

Desde Bufete Pydman especialistas en Tráfico y Seguros estudiarmos tu caso y te asesoraremos de modo realista y comprensible. Contactanos o llama al 911968622 y podrás informarte.