arruinados por el covid 19 ¿a quién reclamo?
Otra opción, para resarcirse de las catastróficas consecuencias de los cierres obligatorios, es acudir a los tribunales demandando a la Administración Pública, en tanto que la decisión de cierre fue una decisión administrativa o gubernativa. Y ello independientemente de los motivos sanitarios o socio-sanitarios que la motivaran inicialmente. El primer paso, antes de acudir a la vía jurisdiccional, es, lógicamente dirigirse a la propia Administración y plantearle una reclamación en la que se especifique claramente la cuantía de los perjuicios sufridos y la relación de causalidad entre la decisión gubernativa de cierre y esos perjuicios. En caso, de no ser atendida esa reclamación, es cuando cabe acudir a los tribunales para tratar de resarcirse por las pérdidas por cierre de locales durante el Estado de Alarma.
Y así han hecho muchos empresarios, a través de demandas colectivas. Como por ejemplo, la Plataforma de Empresarios Afectados por el Cierre de Negocios durante la pandemia. Esta plataforma, ha conseguido, ante el silencio de la Administración, que el Tribunal Supremo admita a trámite sus reclamaciones por el importe de los perjuicios directos ocasionados por el cierre y las ganancias dejadas de obtener.
Es un primer paso, necesario antes de examinar el fondo del asunto, pero significativo para muchos. El valor de las cantidades reclamadas asciende a más de 300 millones de euros. Pero si las demandas prosperan podrían ser muchos más.
¿ES MEJOR RECLAMAR A LA ASEGURADORA POR CIERRE DE NEGOCIO O A LA ADMINSTRACIÓN?
Son dos vías jurídicamente independientes. Las reclamaciones a los seguros por cierres de local durante el confinamiento se sustancian por la vía civil. Son reclamaciones por parte de particulares frente a grandes aseguradoras que cuentan con resoluciones a favor ya en varias sentencias anteriores. Por el contrario, las reclamaciones frente a la Administración, se basan en su responsabilidad patrimonial y han de realizarse primero en vía administrativa, y solo después en vía judicial. En los tribunales de lo contencioso-administrativo. Un orden jurisdiccional específico que tiene sus tiempos y en el que el adversario es siempre poderoso, pero no invencible.
Ambos procedimientos tienen sus ventajas e inconvenientes, aunque la vía civil ofrece ciertas perspectivas de éxito, por el momento. Lo mejor, cuando un propietario de un local afectado por pérdidas durante la pandemia se plantea reclamar, es dejar que su caso lo examine un abogado especializado. Un bufete especialista en reclamaciones a las aseguradoras puede asesorarnos y ayudarnos a plantear nuestra estrategia.
Si contactas con Bufete Pydman, descubrirás hasta donde puedes llegar. Con rigor y profesionalidad y el mayor grado de compromiso hacia nuestros clientes.