Covid 19

reclamar al seguro por cierre de negocio

¿puedo reclamar al seguro por el cierre de negocio a consecuencia del covid-19?

¿puedo reclamar al seguro por el cierre de negocio a consecuencia del covid-19? 1920 1280 admin

Una sentencia de la Audiencia Provincial de Girona ha abierto la posibilidad de reclamar a las aseguradoras por la paralización de la actividad durante el Estado de Alarma. Esta sentencia reconoce el derecho del propietario de un negocio (una pizzería en este caso) a reclamar a la aseguradora una indemnización por cierre de negocio por Covid 19. Y lo hace acogiéndose a la claúsula que prevé indeminzar al titular de un negocio por los días de paralización de la actividad habitual a consecuencia de diversos siniestros.

O dicho de otro modo, corrobora la obligación de la aseguradora de pagar al dueño del negocio por cada día de cierre obligado por las autoridades, pues se trataría de una situación equiparable. Y esto abre la puerta a una avalancha de reclamaciones a las aseguradoras por cierre de negocios por el Estado de Alarma.

¿CUALQUIER SEGURO CUBRE LA INDEMIZACIÓN POR CESE DE ACTIVIDAD DE UN NEGOCIO POR COVID 19?

No, pues existen diversos tipos de pólizas con coberturas muy variadas. Lo mejor, si es Ud. autónomo, comerciante o PYME es que consulte su póliza de seguros. Si es del tipo “MULTIRRIESGO COMERCIO” o SIMILAR puede tener derecho a reclamar una indemnización por cada día de cierre. Y debería poner el caso en manos de un abogado especializado en reclamaciones a las compañías de seguros.

5 PASOS PARA SABER CUÁNDO UNA PÓLIZA DE SEGURO DE NEGOCIO CUBRE LA PARALIZACIÓN DE ACTIVIDAD 

  • Puede averiguarlo en 5 sencillos pasos:
  1. Vaya al apartado Condiciones Particulares de su póliza y busque si en las mismas aparece como cubierta – o incluida – una prestación por “Paralización del Trabajo”, “Pérdida de explotación” o similar, en la que se fije una indemnización de “X” euros/día con un límite (normalmente) de entre 30-90 días máximo.
  2. Vaya a las condiciones generales o particulares – donde se describa con más detalle dicha cobertura – y  compruebe si allí, además de lo anterior, aparece también destacada en negrita, una clausula de exclusión con una redacción similar a la siguiente: “Restricciones para la reparación de los daños o para el normal desarrollo de la actividad del negocio, decretados por cualquier Autoridad, Organismo o Administración pública o por cualquier otro caso de fuerza mayor,..”.
  3. Si ha encontrado esta cobertura y esta clausula que la excluye, es posible que Ud. pueda reclamar una indemnización por el cierre decretado durante el primer Estado de Alarma.
  4. Por último escanee en formato pdf. dichas condiciones generales y particulares y háganoslas llegar. Nosotros le informaremos sin compromiso si es posible iniciar una reclamación frente a su Seguro.
  5. Recuerde que si el asunto es viable, le informaremos con total lealtad. Y le daremos un presupuesto cerrado por si quiere iniciar la reclamación extrajudicial de su indemnización por cierre de negocio por Covid 19.

Porque ya son muchos los dueños de negocios de todo tipo que se han visto a obligados a cerrar sus establecimientos. Y a pesar de tener pólizas multirriesgo, sus compañias de seguros les están dando la espalda. Por eso ahora se están organizando para realizar reclamaciones colectivas a las aseguradoras por cierre de negocio como consecuencia del Covid 19. Contratar a un abogado para pedir la indemización por paralización de la actividad puede ser determinante. Y más si se hace de manera conjunta.

¿HAY UN PLAZO PARA RECLAMAR AL SEGURO POR CIERRE DEL NEGOCIO POR COVID 19?

Si tiene dudas acerca de las coberturas de su póliza de seguros por cese actividad, lo mejor es recurrir a profesionales especializados y despachos de abogados para reclamar indemnización por cierre de negocio por Covid 19. Le ayudarán a satisfacer sus derechos, exigiendo al seguro el pago al que viene obligado en virtud de su póliza, siguiendo la doctrina judicial citada. Pero cada día que pasa sin hacerlo puede ser vital. 

En bufete PYDMAN somos expertos en litigar contra las aseguradoras desde hace más de 20 años y estamos iniciando una campaña de reclamaciones por la paralización de negocios. No deje de consultarnos y recuerde que este tipo de reclamaciones están sometidas a plazo de prescripción.