¿quién debe pagar los daños a terceros?
Quien debe hacerse cargo de los daños a terceros en cualquier accidente es siempre, en principio, la compañía de seguros del vehículo causante de los daños. La aseguradora deberá satisfacer el importe de todos los daños indemnizables, tanto personales como materiales, ocasionados a terceras personas implicadas en el accidente: daños a otros vehículos o a otras personas, o a propiedades dañadas como consecuencia del accidente. ¿Y si doy positivo en alcohol después de un accidente con daños a terceros? El seguro se hará cargo igualmente. Ahora bien, en un accidente con positivo en alcoholemia, después de pagar, puede ejercer el derecho de repetición si el conductor iba bebido o había consumido drogas, con el fin de ser resarcido de esos importes.
¿CÓMO FUNCIONA EL DERECHO DE REPETICIÓN DE LAS ASEGURADORAS?
Lo más habitual es que la aseguradora atienda a las reclamaciones de indemnización ejercidas por los terceros implicados. O bien, intente minorar su importe recurriendo, en su caso a la vía judicial. Sea como sea, una vez pagadas las indemnizaciones en cualquier accidente en que el conductor ha dado positivo, se dirigirá contra éste. Lo normal es que se le reclame mediante un modo de notificación fehaciente – como un burofax – el importe de las indemnizaciones satisfechas, indicando su cuantía y la base legal para hacerlo. Sin embargo, el fundamento legal para hacerlo reside tanto en la póliza de seguros como en la propia ley. Y esta ley debe ser aplicada siguiendo la doctrina establecida para casos similares por Jueces y Tribunales. Ahí es donde falla muchas veces el derecho de repetición: las aseguradoras obvian los requisitos que se exigen para poder ejercerlo. Y uno debe oponerse a ello.
¿puede ayudarme un abogado a no pagar indemnizaciones a terceros?
Sí, cuando la obligación del pago no se ajusta a las exigencias de la ley interpretadas por los órganos jurisdiccionales. El conductor que da positivo y tiene un accidente con daños a terceros sólo debe atender a las reclamaciones del seguro cuando estas son procedentes y se ajustan a los requisitos establecidos. Esto no quiere decir que los terceros afectados se queden sin cobrar su indemnización. Las compañías de seguros tienen la obligación legal de satisfacer todas las indemnizaciones y resarcir todos los daños tanto personales como materiales. Esa es precisamente la base objetiva del seguro obligatorio contra terceros. Pero eso no quiere decir que la aseguradora pueda pedirle en todos los casos al conductor que dio positivo la restitución o repetición de las cantidades pagadas.
Ahí es donde intervienen los abogados de tráfico y seguros, especialistas en reclamaciones de los seguros. Su asesoramiento en un accidente con positivo en alcoholemia puede resultar decisivo para evitar reclamaciones de cantidades por parte de los seguros cuando no se dan los requisitos para ello. Incluso aunque haya existido un positivo en alcohol o drogas por parte del conductor del vehículo.
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