Es una práctica habitual de las aseguradoras reclamar a sus asegurados las cantidades que han pagado por daños a terceros después de un accidente con positivo en alcohol del conductor. Y la pregunta es ¿debo pagar a mi seguro lo que me reclama en estos casos? Si ni siquiera nos hacemos esa pregunta y simplemente pagamos lo que nos piden podemos estar cometiendo un gran error.
por qué me pide mi seguro que pague
El fundamento de estas reclamaciones de los seguros se encuentra en el derecho de repetición. Una especialidad que desde Bufete Pydman hemos abordado una y otra vez. Impedir que las compañías de seguros ejerzan esta facultad de manera arbitraria y abusiva constituyte buena parte de nuestro trabajo. Y es que se trata de una posibilidad – la de pedir a sus asegurados que les reintegren la cuantía de las indeminzaciones pagadas a terceros – de la que muchas (por no decir todas) las aseguradoras tratan de beneficiarse incluso cuando no resulta procedente.
ANTES DE PAGAR NADA CONSULTA A UN ABOGADO EXPERTO EN SEGUROS
Si bien existe una apoyatura legal para que en determinados casos los seguros puedan ejercer la repetición, esta solo opera bajo determinados condicionamientos. Solo los abogados expertos en seguros son conscientes del abuso que muchas de estas reclamaciones suponen. Y es que, aunque la ley permite a las compañías dirigirse contra sus propios clientes para reclamar esos importes en los casos de accidentes con positivo en drogas o alcohol, eso no significa que deba hacerse sin más.
Las sentencias judiciales han venido delimitando pormenorizadamente en qué casos y bajo qué condiciones el asegurado debe hacer frente a esos pagos. Y son muchas las ocasiones en las que es la aseguradora la que debe hacerse cargo de tales indemnizaciones y no el titular del seguro. Conocer le detalle de cada caso y disponer del asesoramiento jurídico personalizado adecuado puede suponer la diferencia entre pagar y no pagar.
Y no debemos olvidar que las aseguradoras perciben regularmente sus primas para hacer frente a los daños causados a terceros y que sólo excepcionalmente deberá ser el asegurado o el tomador del seguro quien deba soportar las consecuencias de las daños ocasionados como consecuencia de la conducción.
Si ese es tu caso, consulta con Bufete Pydman. Somos expertos en reclamaciones de los seguros por el derecho de repetición en caso de alcoholemia. Ponte en contacto y plantéanos tu situación. Nos asegurarermos de que pagues solo por lo que realmente tienes que pagar.