gastos por accidente bebido

¿tengo que pagarle a mi aseguradora los daños por un accidente si iba bebido?

¿tengo que pagarle a mi aseguradora los daños por un accidente si iba bebido? 1142 723 admin

La respuesta es no necesariamente. Aunque la compañía con la que tenemos contratado el seguro de nuestro vehículo lo va a intentar por todos los medios. Es decir, en un primer momento se hará cargo de los gastos ocasionados por el accidente, si ha habido daños a terceros. Pero después, tratará de ejercer lo que los profesionales del Derecho y, especialmente, los abogados expertos en alcoholemia y accidentes de tráfico conocemos por derecho de repetición.

Ese derecho de repetición consiste en, una vez pagados los daños a terceros, pedirnos a nosotros que nos hagamos cargo del importe satisfecho. O sea, que paguemos los daños de los que nuestra aseguradora se hizo cargo. El argumento será que al ir bebido en el momento de causarse el accidente, la aseguradora no tiene obligación de pagar los daños ocasionados.

Esto, que legalmente y en base a lo estipulado en la póliza de seguros contratada, puede parecer lo correcto, no siempre lo es. De hecho, la jurisprudencia viene imponiendo una serie de requisitos para que la compañía de seguros nos pueda reclamar el importe abonado a terceros si causamos un accidente yendo bebidos. Y si esos requisitos no se cumplen, nuestra compañía de seguros deberá pagar los daños incluso en los casos de alcoholemia.

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