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un conductor ebrio ¿tiene que pagar los daños siempre?

un conductor ebrio ¿tiene que pagar los daños siempre? 1920 1280 admin

¿Paga siempre los daños a terceros el conductor ebrio que da positivo y tiene un accidente?

No. El mero hecho de dar positivo en una prueba de alcoholemia tras un accidente de circulación no implica esto. Es decir, pagar los daños a terceros. Tanto a vehículos, como a otro tipo de propiedades o personas.

En principio, sí que es cierto que el conductor ebrio que da positivo será requerido por su propio seguro para pagar esos daños. Unos daños que el seguro del conductor que iba bebido habrá tenido que cubrir desde el momento en que se lo reclamen los terceros o así sea reconocido en juicio. Pero el importe de esas indemnizaciones por daños a terceros en un accidente de tráfico en el que interviene un conductor ebrio que da positivo en alcoholemia, suele reclamarse después a esta persona por su propio seguro. 

Como actúan las aseguradoras tras un accidente con alcoholemia

Es el tantas veces mencionado derecho de repetición. La forma habitual de proceder de todas las aseguradoras después de un accidente con alcoholemia es pagar las indemnizaciones a terceros bien en vía extrajudicial, por acuerdo con las aseguradoras contrarias o por vía de sentencia, si hay controversia. Pero después de satisfacer esos importes, las compañías de seguros se dirigen directamente contra el conductor que da positivo en alcohol o drogas y así queda demostrado con el correspondiente test incorporado al atestado o en analíticas posteriores. 

Lo normal es que se dirijan al conductor que iba bebido y tuvo el accidente a través de un burofax. Se trata de dejar constancia de que se le está reclamando un dinero porque se le considera responsable de los daños que ha tenido que pagar el seguro. Esta circunstancia suele mencionarse expresamente, a fin de inducir al pronto pago por parte del conductor. Y se le conmina a que realice un reconocimiento de deuda. Es decir, a que firme que asume esa responsabilidad y la obligación de satisfacer la cuantía que le pide el seguro. A veces, se incluye la posibilidad de un fraccionamiento del pago, para facilitar el hecho de hacerse cargo de esa supuesta deuda por parte del conductor. 

cómo evitar el ejercicio del derecho de repetición de mi seguro 

Sin embargo, antes de firmar nada, y ni siquiera de ponerse en contacto con la aseguradora por cualquier medio, ya sea por teléfono, e-mail o whatsapp, es primordial que consulte a un abogado. Este el podrá informar de sus derechos. En Bufete Pydman somos abogados especializados en reclamaciones de las aseguradoras por tráfico y otros supuestos. Y sabemos que el derecho de repetición de las compañías de seguros no opera automáticamente. Han de cumplirse todos los requisitos que exige la jurisprudencia.

Y muchas veces no se cumplen. Es entonces cuando un buen abogado puede conseguir como no pagar a la aseguradora los daños a terceros causados en un accidente con alcoholemia. Pues se trata de daños que están cubiertos por la póliza y solo pueden imputarse a los conductores, en cuanto a sus consecuencias económicas,  cuando se cumplen todos los requistios. En otro caso la responsabilidad de pagar las indemnizaciones corresponderá a la aseguradora y solo a ella. Es decir, no operará el derecho de repetición contra el conductor ebrio que da positivo, y no podrá exigirse el reembolso de ninguna cantidad por parte del seguro. En Bufete Pydman  podemos ayudarte a hacer valer tus derechos.